Aprueban diputados Ley de Ingresos de los 67 municipios de Chihuahua

Por unanimidad, las y los integrantes del Congreso del Estado aprobaron las Leyes de Ingresos y Egresos del ayuntamiento de Chihuahua, Juárez y 65 ayuntamientos más. En el caso de la capital, se autorizó otorgar un presupuesto de 7 mil millones 342 mil 925 pesos; para Juárez, el monto será de 10 mil 797 millones 701 mil 182 pesos.

Según información proporcionada por el Cabildo de Chihuahua, el documento contempla ingresos locales estimados en 3 mil millones 255 mil 233 pesos para el ejercicio 2026, un incremento del 14.5% respecto al año 2025. Asimismo, la Ley de Ingresos proyectada muestra un crecimiento global del 13.55% en comparación con el ejercicio anterior, sin considerar empréstitos.

El documento fue presentado al Pleno por la diputada Carla Rivas Martínez, en representación de la Comisión de Programación, Presupuesto y Hacienda Pública, instancia encargada del análisis técnico y financiero de las propuestas enviadas por los ayuntamientos.

Durante la exposición, la legisladora explicó que las leyes de ingresos representan la base financiera de cada administración municipal, pues determinan cuánto esperan recaudar a lo largo del ejercicio fiscal y de qué fuentes provendrán esos recursos.

Recordó que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que los municipios administrarán libremente su hacienda pública, integrada por los rendimientos de los bienes que poseen, las contribuciones que se determinen a su favor y otros ingresos autorizados.

Entre los elementos centrales del dictamen, Rivas Martínez destacó el mecanismo mediante el cual el 20 por ciento de los impuestos estatales sin destino específico será utilizado para formar el Fondo para el Desarrollo Socioeconómico Municipal (FODESM), tal como lo establece la Ley de Coordinación Fiscal del Estado y sus Municipios. Los recursos provenientes de este fondo son considerados aportaciones estatales dirigidas a fortalecer el desarrollo socioeconómico de cada ayuntamiento.

La diputada precisó que el uso de este dinero está delimitado claramente: debe aplicarse en programas y proyectos que generen beneficios tangibles para el desarrollo municipal, privilegiando aquellos destinados a la reducción de la pobreza extrema. No puede destinarse a gastos que no estén alineados con dichos objetivos, lo que obliga a las administraciones locales a justificar la pertinencia de sus inversiones.

Rivas Martínez añadió que la cantidad total del FODESM deberá quedar establecida cada año en el Presupuesto de Egresos del Estado y que los recursos se entregarán mensualmente —en 12 ministraciones iguales— a través de la Secretaría de Hacienda estatal, permitiendo a los municipios planificar con mayor certeza sus compromisos financieros.

El decreto aprobado también incluye disposiciones transitorias relevantes. Entre ellas, se autoriza a los ayuntamientos a ampliar su Presupuesto de Egresos en la misma proporción que aumenten sus ingresos estimados, siempre y cuando cumplan con las leyes aplicables. Asimismo, se establece que los recursos estatales con destino específico correspondientes al ejercicio fiscal 2026 que no sean devengados y pagados dentro del plazo legal deberán reintegrarse a la Secretaría de Hacienda del Estado, junto con los rendimientos financieros generados, a más tardar el 15 de enero de 2027.

Sin embargo, se aclara que las transferencias etiquetadas que al 31 de diciembre de 2026 ya estén comprometidas o devengadas —pero no pagadas— deberán cubrirse durante el primer trimestre de 2027. Los remanentes que persistan después de ese periodo deberán reintegrarse en los 15 días naturales siguientes, también con sus rendimientos financieros.

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Redacción
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