Cierra el plazo de investigación en caso Plenitud

Este 4 de enero, se cumplieron los seis meses que el juez Apolinar Juárez Castro (ahora en retiro) dio en Juzgado de Garantía el 4 de julio de 2025 a la Fiscalía de Distrito Zona Norte para la investigación complementaria por los delitos de ocultamiento y conservación ilegal de cadáveres en el crematorio Plenitud.

De acuerdo con el Código Nacional de Procedimientos Penales, una vez cerrada la investigación complementaria, el Ministerio Público dentro de los (15) días siguientes deberá solicitar sobreseimiento, la suspensión del proceso o, como adelantó Carlos Manuel Salas, fiscal de Distrito Zona Norte, el pasado viernes 2 de enero, formular acusación.

“La Fiscalía tiene totalmente acreditado eso, en todas sus variables. Con los más de 160 cuerpos que fueron identificados y de los cuales el 95 por ciento ya fueron entregados, se tiene acreditado totalmente que durante tres años no hubo cremación en ese lugar sino que se amontonaron indebidamente los cadáveres en diferentes cuartos que no contaban con las condiciones adecuadas”.

La defensa particular del acusado en el caso, José Luis A. C. (un segundo acusado murió el 30 de octubre de 2025) interpuso en su momento un recurso de revisión contra la vinculación a proceso, pues, afirmaron, existían irregularidades en los procesos del crematorio, pero que no encuadraban como delitos.
Sobre este argumento, el representante social señaló que “estamos conscientes de esto. Estamos totalmente ubicados en las faltas administrativas. Inclusive se le dio vista a la (Secretaría de) Función Pública para las personas que cometieron faltas administrativas por omisión”.

Al respecto, se informó que el 7 de noviembre la Fiscalía dio vista a Función Pública por la omisión de Maribel Próspero y Luis Carlos Tarín Villamar, representante Zona Norte y titular de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, así como contra Claudia Morales Medina, Sergio Rodríguez, René Díaz y Óscar Guevara Ramírez, de las direcciones municipales de Desarrollo Urbano, Protección Civil, Ecología y Regulación Comercial, sin que hasta el momento se hayan presentado públicamente resultados de la investigación por responsabilidades administrativas graves.

Salas precisó que corresponde a Función Pública analizar, revisar y dictaminar con respecto a las sanciones administrativas, pero si se “considera que se cometieron delitos, nos da vista y nosotros procedemos”.

El caso

De acuerdo con la formulación de imputación realizada el 1 de julio de 2025 contra A. C. y el difunto Facundo Teófilo M. R., aproximadamente entre el 7 de marzo de 2022 y el 27 de junio de 2025, el dueño y el empleado (respectivamente) del crematorio Plenitud ocultaron 386 cadáveres en descomposición colocados uno encima del otro, en el suelo, en un ambiente con roedores, fauna nociva y fauna de la zona, y no cremaron los cuerpos dentro de los términos legales establecidos, ni tramitaron la documentación para su permanencia en el crematorio, así como operar sin dictamen de impacto ambiental, afectando la dignidad y el respeto hacia los cadáveres.

Se constituyeron entonces el delito de ocultamiento de cadáveres y uno contemplado en la Ley General de Salud que se conforma cuando se conservan ilegalmente los restos.
Durante la acusación frente al juez Juárez Castro, la Fiscalía aseguró que la víctima de este delito es la sociedad, pues en aquel 1 de julio aún no se contaban con nombres de las víctimas.

No obstante, el 2 de enero de 2026, Salas señaló que se pedirá la pena máxima, que para el delito del fuero común (el ocultamiento) es de dos años, pero “si los multiplica por los 386 cuerpos, si el juez así considerara la acumulación, la pena rebasaría los 60 años”.

En el sistema acusatorio penal, los hechos no pueden variar de la acusación a la etapa intermedia, o al juicio. Es decir, que no podrían agregarse como víctimas las personas hasta ahora identificadas de las halladas en Plenitud.

 

 

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Redacción
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